Si estás leyendo esto, es porque probablemente tienes algunas preguntas sobre el impuesto sobre la renta 2022. Y es normal, ya que se trata de una obligación fiscal que afecta a muchas personas en España. A lo largo de este artículo, nuestro departamento de asesoría fiscal te desvela todo lo que necesitas saber para entender este impuesto.
A modo de síntesis podemos decir que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo directo y personal que grava la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad.
La regulación del IRPF se establece en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, por la que se aprueba la LIRPF y en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF.
Contenido
¿Qué es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas?
La definición del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas viene establecida en el artículo 1 de la Ley 35/2006: «El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo de carácter personal y directo que grava, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad, la renta de las personas físicas de acuerdo con su naturaleza y sus circunstancias personales y familiares«.
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se caracteriza por ser un tributo:
- Directo: ya que grava la riqueza en su manifestación de renta.
- Personal: porque el hecho imponible está en relación con el sujeto pasivo.
- Subjetivo: ya que tiene en cuenta las circunstancias personales y familiares.
- Analítico: porque se aplica un tratamiento diferente según el tipo de renta.
- Periódico: porque el hecho imponible es continuo y se periodifica para su cobro.
- Progresivo: porque se aplican escalas de tipos de gravamen progresivas.
- Cedido: ya que se cede parcialmente a las Comunidades Autónomas.
Desarrollemos a continuación estas notas definitorias del IRPF para poder comprender su finalidad y funcionamiento.
¿Qué Rentas están sujetas al IRPF?
Para la declaración de impuestos, el contribuyente debe incluir todas las rentas que haya recibido durante el ejercicio, excepto las exentas. Estas rentas se clasifican según su origen, y pueden incluir:
- Rendimientos del trabajo. Prestaciones recibidas por el desempeño de un trabajo por cuenta ajena.
- Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario. Se refieren a las prestaciones recibidas por la cesión de bienes y derechos integrantes del patrimonio particular de la persona físicas.
- Rendimientos de actividades económicas. Son el resultado de la actividad empresarial o profesional que desarrolla la persona física por cuenta propia.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales. Corresponden a las variaciones en el valor del patrimonio (empresarial o particular) de la persona física que se computan cuando se altera la composición del mismo, como por ejemplo en transmisiones de elementos, pérdidas justificadas, incorporación de elementos al patrimonio, entre otros.
- Imputaciones de rentas. Se refieren a las rentas que se atribuyen a la persona física por disposición legal.
Es importante destacar que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) incluye en su base imponible algunas rentas que no han sido percibidas efectivamente. Esta situación se conoce como imputación de rentas, y se produce cuando se presume que el contribuyente ha obtenido una renta, aunque no haya sido percibida.
Por ejemplo, la imputación de rentas es común cuando un contribuyente es propietario de un inmueble que no ha sido arrendado durante el ejercicio. Aunque el inmueble se encuentre vacío y no haya generado ingresos, se presume que el contribuyente ha obtenido una renta, que se calcula en base al valor catastral del inmueble al momento de declarar.
Así, es importante tener en cuenta la naturaleza de cada una de estas rentas al momento de realizar la declaración correspondiente.
Rentas NO sujetas:
Destacamos, entre las contenidas en los artículos 6, 33 y 42 de la LIRPF:
- La renta que se encuentre sujeta al impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD).
- Las ganancias y las pérdidas que se pongan de manifiesto en la división de la cosa común o en la disolución de la sociedad legal de gananciales.
- Las pérdidas debidas al consumo.
- Las pérdidas debidas al juego en la parte que exceda de las ganancias del juego en el mismo periodo. En ningún caso se computarán las pérdidas derivadas de juegos sometidos al gravamen especial sobre los premios de loterías y apuestas (disp. adic. trigésima tercera de la LIRPF).
- Las pérdidas debidas a transmisiones de elementos patrimoniales que en el plazo de un año vuelven a ser adquiridas por el mismo contribuyente (dos meses tratándose de acciones con cotización). La pérdida se computará cuando se produzca la posterior transmisión.
- Las rentas generadas por transmisiones lucrativas a favor del cónyuge, descendientes o adoptados de una empresa individual, un negocio profesional o de participaciones en entidades del donante que reúnan los requisitos para no declararse en el impuesto sobre el patrimonio (IP), cuando:
- El donante tuviese 65 o más años o se encontrase en situación de incapacidad permanente, en grado de absoluta o gran invalidez.
- El donante dejará de ejercer y de percibir remuneraciones por el ejercicio de funciones de dirección desde el momento de la transmisión.
- El donatario deberá mantener lo adquirido y tener derecho a la exención en el IP durante los 10 años posteriores, salvo fallecimiento.
- Las variaciones patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones lucrativas por causa de muerte del contribuyente.
- Las cantidades destinadas a la actualización, capacitación o reciclaje del personal empleado, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características de los puestos de trabajo.
- Las primas o cuotas satisfechas por la empresa en virtud de contrato de seguro de accidente laboral o de responsabilidad civil del trabajador.
Rentas Exentas:
Entre las rentas exentas destacan las contenidas en los artículos 7, 33 y 42 y las disposiciones adicionales trigésima cuarta y trigésima séptima de la LIRPF. Algunas de estas exenciones incluyen indemnizaciones por responsabilidad civil por daños personales, prestaciones públicas por actos de terrorismo, becas para estudios reglados, anualidades por alimentos, ganancias patrimoniales por la venta de la vivienda habitual de mayores de 65 años o personas en situación de dependencia severa o gran dependencia, y prestaciones por maternidad o paternidad y familiares no contributivas reguladas por la Ley General de la Seguridad Social.
Sujeto Pasivo. ¿Quiénes están obligados a presentar el IRPF?
La declaración del impuesto debe ser presentada y suscrita por los contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas que tengan su residencia habitual en España, y que cumplan con alguna de las siguientes circunstancias:
A) Permanecer en territorio español durante más de 183 días, durante un año natural. Las ausencias esporádicas se computarán, a menos que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En caso de países o territorios considerados paraíso fiscal, la Administración tributaria puede exigir que se pruebe la permanencia en él durante 183 días.
B) Tener radicado en España el núcleo principal o base de sus actividades empresariales o profesionales o de sus intereses económicos, independientemente del lugar donde habitualmente resida.
C) Si el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de él residen habitualmente en España, se presume, salvo prueba en sentido contrario, que el sujeto pasivo tiene su residencia habitual en territorio español.
Además, deberán presentar y suscribir la declaración del impuesto las personas físicas de nacionalidad española que residen en el extranjero por ser miembros de misiones diplomáticas o de oficinas consulares españolas, representantes del Estado español en organismos internacionales o funcionarios españoles destinados en el extranjero.
No perderán la condición de contribuyentes las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia en un paraíso fiscal en el periodo en el que se efectúe el cambio y los cuatro periodos siguientes.
¿Cómo se calcula el impuesto sobre la renta?
El cálculo del IRPF se realiza mediante la división de las rentas obtenidas en dos bloques:
- Rentas que se incluyen en la base imponible general.
- Rentas que se incluyen en la base imponible del ahorro.
Según el bloque en el que se incluyan, las rentas estarán sujetas a diferentes tipos de gravamen según una escala establecida por reglamento. Para obtener la cuota a pagar, se aplicará un porcentaje o tipo impositivo a la suma de las rentas de cada bloque.
El tipo impositivo varía en función de la cantidad de renta que se tenga. Cuanto mayor sea la renta, mayor será el tipo impositivo que se aplicará. Además, el tipo impositivo también varía según el tramo de renta en el que se encuentre el contribuyente. En la actualidad, hay seis tramos de renta y cada uno tiene su propio tipo impositivo:
- Tramo 1 (hasta 12.450 euros): 19%
- Tramo 2 (de 12.450 a 20.200 euros): 24%
- Tramo 3 (de 20.200 a 35.200 euros): 30%
- Tramo 4 (de 35.200 a 60.000 euros): 37%
- Tramo 5 (de 35.200 a 60.000 euros): 45%
- Tramo 6 (más de 300.000 euros): 47%
Una vez que se ha calculado la base imponible y el tipo impositivo correspondiente, se puede calcular el importe del impuesto a pagar. Es importante tener en cuenta que, en algunos casos, se pueden aplicar deducciones o bonificaciones que reduzcan el importe final del impuesto a pagar.
Actividades económicas de los contribuyentes: cómo calcular el IRPF
Cuando un contribuyente realiza una actividad por cuenta propia, debe calcular la parte del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente a la misma para incluirla en la Declaración de la Renta anual, junto con el resto de las rentas obtenidas.
Se considera que un contribuyente realiza una actividad económica cuando, por cuenta propia, utiliza medios de producción y recursos humanos para intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.
Si el contribuyente obtiene rendimientos de una entidad en la que participa y estos están relacionados con actividades profesionales (según la Sección 2ª de las Tarifas del Impuesto de Actividades Económicas), se consideran rendimientos profesionales si el contribuyente está incluido en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA) o en una mutualidad de previsión social que actúe como alternativa.
El arrendamiento de bienes inmuebles se considera una actividad económica si se cuenta con al menos una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa.
El cálculo del IRPF en relación a una actividad económica se basa en el hecho imponible, que es la obtención de ingresos por parte de una persona física residente en España durante el periodo impositivo.
En el caso de actividades por cuenta propia, el rendimiento sobre el que se aplica el IRPF se calcula teniendo en cuenta el régimen fiscal al que esté adscrito el autónomo, profesional o empresario.
En cuanto a los métodos de determinación del rendimiento de las actividades económicas en el IRPF, existen dos opciones: (Véase el artículo: «Estimación objetiva o directa. ¿Cuál elegir?«)
Estimación directa: El rendimiento neto se calcula restando los gastos deducibles de los ingresos computables. En este método hay dos modalidades: Estimación directa normal y Estimación directa simplificada. El contribuyente puede elegir la modalidad, salvo si su cifra de negocios supera los 600.000 euros anuales, en cuyo caso debe tributar en Estimación directa normal obligatoriamente.
Estimación objetiva: El rendimiento se calcula mediante la aplicación de unos índices o módulos específicos para cada actividad. Esto implica que el pago del IRPF se realiza en base a un rendimiento estimado, no real. Los empresarios autónomos que realicen una de las actividades recogidas en la Orden anual que desarrolla el régimen pueden acogerse a Estimación Objetiva, siempre y cuando no rebasen los límites de exclusión que se establezcan. Este régimen es incompatible con la Estimación directa (con algunas excepciones).
¿Cómo se declara el impuesto sobre la renta?
Para declarar el impuesto sobre la renta, debes presentar la declaración de la renta. Esta declaración se realiza cada año y permite al contribuyente liquidar el impuesto sobre la renta. La declaración de la renta puede presentarse de forma telemática o presencial.
Existen varias formas de presentar la declaración de la renta telemáticamente:
- A través de internet, en la página web de la Agencia Tributaria. Para ello, es necesario disponer de un certificado digital o Cl@ve PIN.
A través de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, disponible para Android e iOS.
Si optas por la presentación presencial puedes hacerlo:
En las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria previa solicitud de cita.
En las oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas, ciudades con Estatuto de Autonomía y Entidades Locales.
Además, puedes solicitar el asesoramiento de un profesional para realizar la declaración correctamente. Antes de presentar la declaración de la renta, es importante revisar toda la información y asegurarse de que está correcta.
Un asesor fiscal cuenta con el conocimiento especializado necesario para garantizar que tus impuestos se presenten correctamente y que estés aprovechando todas las deducciones y bonificaciones fiscales a las que tienes derecho, para optimizar el importe del impuesto a pagar o maximizar el importe a devolver.
Deducciones y bonificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Existen diferentes deducciones y bonificaciones que se pueden aplicar en la declaración de la renta para reducir el importe del impuesto a pagar o aumentar el importe a devolver. Algunas de las más comunes son:
Deducción por inversión en vivienda habitual: se puede deducir un porcentaje de las cantidades pagadas por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
Deducción por maternidad: las madres con hijos menores de tres años pueden deducir un importe fijo por cada hijo nacido o adoptado.
Deducción por discapacidad: se pueden aplicar deducciones por los gastos derivados de la discapacidad del contribuyente o de sus ascendientes o descendientes.
Deducción por donativos: se puede deducir un porcentaje de las cantidades donadas a determinadas entidades sin ánimo de lucro.
Bonificación por ser familia numerosa: las familias numerosas pueden aplicar una bonificación en el impuesto a pagar.
Estas son solo algunas de las deducciones y bonificaciones que se pueden aplicar en la declaración de la renta. Es importante conocerlas todas para poder aplicarlas correctamente y maximizar el ahorro fiscal.
Además, como se trata de un impuesto parcialmente cedido, también tendremos que tener en cuenta las deducciones que establezca cada Comunidad Autónoma.
¿Qué plazo hay para presentar la declaración de la renta?
El plazo para presentar la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2022 va del 11 de abril al 30 de junio. (Vea en este enlace el Calendario de la campaña de renta 2022-2023)
En caso de resultar a ingresar, se puede domiciliar el pago en cuenta hasta el 27 de junio, con el cargo efectivo el último día del plazo. Es importante tener en cuenta que si el último día del plazo de presentación cae en fin de semana o festivo, se extiende hasta el siguiente día hábil.
Si la declaración resulta a ingresar, se puede efectuar el pago en uno o dos plazos. Si se opta por el segundo plazo y este no se domicilia, es necesario presentar el modelo 102 y efectuar el pago antes del 5 de noviembre del mismo año en que se presenta la declaración.
Conclusiones
El impuesto sobre la renta de las personas físicas es un impuesto importante que afecta a la mayoría de los ciudadanos en España. Para pagar correctamente este impuesto, es necesario conocer las bases de su funcionamiento y las obligaciones que se derivan del mismo. A través de este artículo, esperamos haberte ayudado a comprender mejor cómo funciona el impuesto sobre la renta y cómo se declara.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el impuesto sobre la renta de las personas físicas?
Es un impuesto que grava la renta o ingresos obtenidos por las personas físicas en un determinado periodo de tiempo.
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de la renta?
Todos los contribuyentes que hayan obtenido rentas superiores a determinados umbrales establecidos por la ley están obligados a presentar la declaración de la renta.
¿Cómo se calcula el importe del impuesto a pagar?
El importe del impuesto a pagar se calcula en función de las rentas obtenidas por el contribuyente y de las deducciones y bonificaciones a las que tenga derecho.
¿Cuándo se debe presentar la declaración de la renta?
El plazo para la presentación de la declaración de la renta suele comenzar en abril y finaliza en junio del año siguiente al que se refiere la declaración.
¿Qué documentación se necesita para presentar la declaración de la renta?
Es necesario contar con la información relativa a las rentas obtenidas durante el año, así como con las deducciones y bonificaciones aplicables. Además, es necesario contar con el modelo de declaración de la renta correspondiente.
¿Qué son las deducciones y bonificaciones en la declaración de la renta?
Las deducciones y bonificaciones son medidas fiscales que permiten reducir el importe del impuesto a pagar o aumentar el importe a devolver en la declaración de la renta.
¿Qué ocurre si no se presenta la declaración de la renta?
Si no presentas la declaración de la renta en plazo, te expones a sanciones y recargos. Además, Hacienda puede reclamarte la cantidad que no has pagado.
¿Es posible modificar una declaración de la renta ya presentada?
Sí, es posible modificar una declaración de la renta ya presentada en caso de errores o de omisión de datos relevantes.
¿Qué pasa si se presenta la declaración de la renta fuera de plazo?
En caso de presentar la declaración de la renta fuera de plazo, se pueden imponer sanciones y multas por parte de Hacienda.
¿Qué ocurre si el importe a devolver es superior al importe a pagar?
En caso de que el importe a devolver sea superior al importe a pagar, Hacienda devolverá la diferencia al contribuyente.
¿Qué ocurre si el importe a pagar es superior al importe a devolver?
En caso de que el importe a pagar sea superior al importe a devolver, el contribuyente deberá abonar la diferencia a Hacienda.
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Fuentes:
- CEF.- Fiscal Impuestos
- Iberley
- Agencia Tributaria