Nuestro departamento de asesoría fiscal, ha preparado este artículo sobre el modelo 130 del IRPF, el modelo oficial de declaración para liquidar el pago fraccionado a cuenta del IRPF que deben presentar todas aquellas personas que realicen una actividad económica y determinen su rendimiento por el método de estimación directa (ya sea estimación directa simplificada o normal).
Mediante esta autoliquidación se declara el beneficio acumulado de la actividad económica hasta ese momento y se ingresa, si procede, un porcentaje de este beneficio a cuenta de la futura declaración anual de la Renta (IRPF), que será cuando se determine finalmente el importe del impuesto definitivo.
Contenido
¿Qué es el modelo 130 del IRPF?
El modelo 130 de IRPF es una declaración trimestral que los autónomos deben presentar para liquidar el pago fraccionado del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Es obligatorio para aquellos empresarios y profesionales por cuenta propia que desarrollan su actividad económica en estimación directa, normal o simplificada.
Están obligados a presentar el Modelo 130 aquellos contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (personas físicas o miembros de comunidades de bienes o sociedades civiles) que realicen:
- Actividades económicas, incluidas las agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras, y que calculan su rendimiento neto (su beneficio) con arreglo al método de estimación directa, tanto en su modalidad normal como simplificada.
- Quienes realizan actividades profesionales, salvo que al menos el 70% de los ingresos de la actividad hubieran estado sujetos a retención el ejercicio anterior.
- Para las sociedades civiles y comunidades de bienes, el pago fraccionado y la declaración anual correspondiente a los rendimientos obtenidos, se efectuará por cada uno de los socios en proporción a su participación en el beneficio.
OJO. Las Sociedades Civiles que estén obligadas a tributar por el impuesto sobre sociedades ya no deberán presentar pagos a cuenta del IRPF (Modelo 130)
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¿Cómo se rellena el Modelo 130?
En primer lugar, hay que señalar, que si durante el trimestre, no ha habido actividad igualmente existe obligación de presentar el Modelo 130.
Veamos ahora como se cumplimenta el Modelo 130:
Declarante: Debe rellenarse el NIF (número de identificación fiscal), nombre y apellidos del declarante.
Devengo: Hay que detallar el ejercicio (año) al que corresponde la declaración y el periodo trimestral según las abreviaturas 1T, 2T, 3T ó 4T para cada uno de los cuatro trimestres: 1º, 2º, 3º y 4º.
¿Cuándo se está obligado a presentar el modelo 130?
Hay que declarar el rendimiento neto, o beneficio del ejercicio acumulado hasta el momento de su realización, es decir, el modelo 130 del primer trimestre se calculara usando el rendimiento neto de la actividad a fecha 31 de marzo de dicho ejercicio, el correspondiente al 2º trimestre se calcula tomando como base el resultado neto a fecha 30 de junio de dicho ejercicio y así de forma sucesiva. Por lo tanto, es acumulativo.
El rendimiento neto es la diferencia entre ingresos del conjunto de actividades ejercidas (casilla 01) y gastos fiscalmente deducibles (casilla 02).
El resultado neto a fecha de fin del trimestre lo pondremos en la casilla 03, y seguidamente calcularemos el 20% de dicho resultado en la casilla 04. Si el resultado fuese negativo (pérdidas) se pondría el valor cero en esa casilla.
En el caso de las declaraciones de los trimestres 2º, 3º y 4º hay que incluir la suma de los importes de los modelos 130 anteriores que hayamos satisfecho (casilla 05). Y también habrá que incluir los importes de las retenciones que hayamos sufrido durante el ejercicio. (casilla 06)
Actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras en estimación directa normal o simplificada
En el caso de realizar este tipo de actividades económicas el porcentaje en vez del 20%, baja a un 2% pero no del beneficio acumulado, sino sobre todos los ingresos de la actividad, incluidas ayudas y subvenciones para la actividad pero sin incluir las ayudas ó subvenciones recibidas para hacer inversiones, ni tampoco las indemnizaciones.
De la cantidad resultante se deducirán las retenciones y los ingresos a cuenta correspondientes al trimestre. Finalmente tendremos el resultado del pago fraccionado por esta modalidad que es la casilla 11.
Total liquidación: ¿Cómo se calcula el pago del 130?
Casilla 12: suma de los importes de la casilla 7 y de la casilla 11, tanto positivos como negativos. Si la suma da un resultado negativo se pondrá el valor cero.
Casilla 13: si en el ejercicio anterior el rendimiento neto (beneficio) de la actividad fue inferior a 12.000 € en esta casilla se puede recoger una reducción ,cuyo importe depende del importe de este beneficio del año anterior según el siguiente desglose:
- Inferior a 9,000€ con Reducción: 100€
- Entre 9,000€ y 10,000€ con Reducción: 75€
- Entre 10,000€ y 11,000€ con Reducción: 50€
- Entre 11,000€ y 12,000€ con Reducción: 25€
Este rendimiento neto de ejercicio anterior corresponde al declarado antes de aplicar las reducciones. En el caso de que este ejercicio sea el primero de la actividad se considera que el rendimiento neto del año anterior fue cero.
Casilla 14: diferencia entre la casilla 12 y la casilla 13. Si el resultado es negativo se pone con signo menos (-).
Casilla 15: se recogen los resultados negativos de declaraciones del ejercicio (casillas 19), modelo 131, que no han sido deducidas siempre que no sea superior al importe de la casilla 14.
Casilla 16: si el declarante está haciendo pagos de préstamos para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual adquirida antes de 01-010-2013 y por las que vayan a tener derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual, tendrán derecho a las siguientes deducciones :
- Para actividades económicas en estimación directa normal o simplificada : 2% del rendimientos neto (2% de la casilla 3) y máximo 660,14 € al trimestre.
- Para actividades agrícolas, forestales y pesqueras en estimación directa normal o simplificada: 2% del rendimiento neto (2% de la casilla 8 ) y máximo 660,14 € anuales.
Casilla 18: solo se rellena exclusivamente en caso de declaración complementaria.
Casilla 19: resultado final de la declaración.
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¿Cómo se presenta el Modelo 130?
Dos formas de presentación del modelo 130:
- Presentación electrónica a través de la web de la Agencia Tributaria, para lo que deberás disponer de certificado digital u otro medio de identificación como el DNIe o Cl@ve .
- Presentación en papel del modelo generado por la aplicación que la propia Agencia Tributaria pone a disposición en su web y que permite la creación del modelo en formato PDF y su impresión.
Para más información puede visitar la página de la Agencia Tributaria, donde se desglosan los trámites para el Modelo 130
Preguntas Frecuentes:
¿Qué es el modelo 130 y para qué sirve?
El Modelo 130 es el modelo oficial de declaración para liquidar el pago fraccionado a cuenta del IRPF para aquellos que se encuentren en estimación directa.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 130?
Deben presentar el modelo 130: los empresarios dados de alta en una actividad calificada de empresariales, siempre y cuando no estén en el sistema de módulos, que presentan el 131.
¿Cuándo se debe presentar el modelo 130?
El modelo 130, como hemos comentado anteriormente, es un modelo trimestral, por lo que estos son los plazos en los que se tendría que presentar el impuesto:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril, ambos inclusive.
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio, ambos inclusive.
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre, ambos inclusive.
- Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero, ambos inclusive.
¿Cómo se calcula el pago del 130?
Solo tienes que calcular el 20% del resultado de la resta de ingresos menos gastos. Si este resultado es negativo, se convierte en cero. No tienes que anotar ningún importe. Este 20% nada tiene que ver con el 7% o 15% de IRPF de tus facturas.
¿Qué pasa si el modelo 130 sale negativo?
Por su lado, si el resultado del modelo 130 del IRPF es negativo, deberemos dejar la declaración a cero. En este caso, la devolución pertinente se gestionaría en la declaración de renta posterior, donde se decidirá si dicha cantidad compensa a otra positiva y, de ser pertinente, si existirá devolución como tal.
¿Qué autónomos no pagan IRPF?
La mayoría de los autónomos, como contribuyentes, están obligados a presentar la declaración anualmente. No obstante, aquellos trabajadores por cuenta propia que ganen menos de 1.000 euros anuales por rendimiento de actividades económicas.
¿Qué pasa si presento el modelo 130 sin estar obligado?
No hay ninguna infracción en no presentar el modelo 130 trimestralmente si no se está obligado, caso aparte es cuando existe una obligación y no se ha llevado a cabo, lo que supone una multa con sus respectivos recargos.
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Fuente: Agencia Tributaria
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