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Real Decreto-Ley 20/2022 de medidas anticrisis

Nuestro departamento de asesoría fiscal ha elaborado este artículo con el objeto de dar a conocer las nuevas medidas anticrisis aprobadas por el Consejo de Ministros el 27 de diciembre de 2022.

Este Real Decreto-Ley 20/2022 de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, con el objetivo de ahondar en el descenso de la inflación, y reforzar las medidas de apoyo para las familias y los sectores económicos más afectados, aparece publicado en el BOE de hoy 28 de diciembre.

Este Real Decreto-Ley da continuidad al Plan Nacional de respuesta a la Guerra de Rusia en Ucrania aprobado por el Gobierno el pasado mes de marzo, prorrogado y ampliado con normas posteriores, para reducir la inflación y adaptar la economía española al nuevo entorno económico, a la vez que refuerza una red de protección para los colectivos vulnerables y los sectores más afectados.

La persistencia de la guerra continúa afectando al nivel general de precios, especialmente de ciertos bienes fundamentales como los alimentos, las materias primas y algunos bienes intermedios. Por ello, el Gobierno ha adoptado diferentes medidas.

Contenido

Medidas anticrisis para 2023

El último Consejo de Ministros del año ha aprobado el tercer paquete de medidas anticrisis ante las consecuencias económicas provocadas por la guerra en Ucrania. Medidas centradas en ayudas para paliar el impacto de la inflación en la cesta de la compra y que, sumado a los planes de choque de los dos decretos anteriores ascienden a unos 45.000 millones de euros.

Medidas para reducir los precios de los alimentos

medidas anticrisisUno de los principales objetivos de las medidas adoptadas sigue siendo contener el incremento de los precios, especialmente de la energía y los alimentos.

  • Se rebajar del 4 al 0 % el tipo impositivo del IVA que recae sobre los productos básicos de alimentación (productos frescos), hasta ahora sujetos al tipo reducido.
  • Minorar desde el 10 % vigente al 5 % el aplicable a los aceites y pastas alimenticias, para contribuir a la reducción del precio final de estos alimentos básicos (permitirá reducirse el precio del pan, leche, frutas, hortalizas…).
  • El tipo del recargo de equivalencia correspondiente a estas operaciones también se reduce en consonancia durante su vigencia y aplicación.

Ambas reducciones se establecen de forma temporal y extraordinaria desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de junio de 2023, sujetas a la evolución de la tasa interanual de la inflación subyacente.

Es decir, el tipo extraordinario del 5 % volverá a ser del 10 % a partir del 1 del mes de mayo de 2023, en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5 %.

Y, el tipo extraordinario del 0 % volverá a ser del 4 % a partir del día 1 del mes de mayo de 2023, en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5 %.

Adicionalmente, se prorroga durante todo 2023 la reducción del IVA de la electricidad y del impuesto especial sobre la energía eléctrica y se mantiene la suspensión temporal del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, para que los productores de electricidad puedan seguir ofertando precios más competitivos.

Tipo reducido para mascarillas y vacunas

Los recursos para la prevención y diagnóstico de la COVID-19 también continuarán con una tributación excepcional mientras se mantengan las políticas de protección de la población Uno de los artículos son las mascarillas quirúrgicas, cuyas entregas, importaciones y adquisiciones seguirán gravadas al 4% de IVA durante el primer semestre de 2023.

Además, este Real Decreto-ley incluye que tanto vacunas como pruebas diagnósticas mantengan un gravamen del 0%.

Ayudas a colectivos vulnerables.

El Real Decreto-Ley incluye también el mantenimiento de las principales medidas para proteger a las familias y colectivos vulnerables y garantizar el acceso a los suministros básicos.

Con este objetivo, se aprueban ayudas para seguir protegiendo a las familias, entre las que destaca un cheque de 200 euros para familias de clase media trabajadora destinado a compensar la subida de precios de la alimentación.

Asimismo, se prorroga para 2023 el incremento del 15% del importe del Ingreso Mínimo Vital y de las pensiones no contributivas.

Se amplía también, hasta el 31 de diciembre de 2023, la prohibición del cortar los suministros básicos, luz, agua y gas, a consumidores vulnerables, a la vez que se mantiene para este colectivo el descuento en la factura eléctrica a través del bono social.

En materia de vivienda se adoptan las siguientes medidas referidas al precio de los alquileres y los desahucios:

  • Se establece prolongar hasta el 31 de diciembre de 2023 la limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda, regulada en el artículo 18 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, de forma que, en defecto de acuerdo entre las partes, la actualización de la renta no pueda superar el resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad.
  • Se amplía hasta el 30 de junio de 2023 la suspensión de los procedimientos y lanzamientos en los supuestos y de acuerdo con los trámites ya establecidos, así como la posibilidad, hasta el 31 de julio de 2023, de solicitar compensación por parte del arrendador o propietario, medida ya recogida en el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.
  • Por último, se contempla una prórroga extraordinaria del plazo de los contratos de arrendamiento de seis meses desde la fecha de finalización, durante la cual se seguirán aplicando los términos y condiciones establecidos para el contrato en vigor.

Deducción por maternidad

medidas anticrisisEl Real Decreto-ley incorpora también una modificación legislativa para aclarar el derecho a seguir percibiendo la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a partir de 1 de enero de 2023, aun cuando alguno de los progenitores tuviera derecho al complemento de ayuda para la infancia respecto del mismo descendiente. De esta forma, se evita que el reciente cambio normativo llevado a cabo en esta materia perjudique a las familias que hasta ahora venían disfrutando de esa ayuda.

Ayudas para sectores y fomento del transporte público

La norma aprobada reemplaza la bonificación general de 20 céntimos por litro de gasolina por medidas más específicas dirigidas a fomentar el uso del transporte público y por ayudas a sectores más dependientes del uso de los carburantes, más expuestos a las fluctuaciones de precios.

Se extiende durante todo 2023 la gratuidad del transporte público estatal ferroviario y terrestre de cercanías, rodalíes y media distancia. El Estado bonificará el 30% del transporte público urbano e interurbano para todas aquellas Comunidades Autónomas o ayuntamientos que bonifiquen, a su vez, el 20% del precio.

medidas anticrisisSe prorrogarán durante todo 2023 las bonificaciones para transporte de viajeros por ferrocarril incluyendo la gratuidad en cercanías y media distancia. Asimismo, desde el 1 de febrero hasta el 30 de junio, se amplía del 50% al 100% la bonificación del billete multiviaje de autobús para las líneas competencia del Estado.

Adicionalmente, se incluyen ayudas específicas para los sectores más dependientes de los precios de los carburantes como transporte, agricultura y pesca.

Para los transportistas que usen gasóleo profesional se establece una ayuda de 20 céntimos durante tres meses y de 10 céntimos por un periodo adicional de tres meses que se gestionará como devolución mensual por parte de la Agencia Tributaria.

Para los titulares de una autorización de transporte (autobuses, taxis, ambulancias, VTC y mercancías) se establece una ayuda directa por el consumo estimado para seis meses, que será de 300 a 3.690 euros.

Para el sector agrario se aprueba una ayuda extraordinaria y temporal hasta el 30 de junio para los titulares de explotaciones agrarias de hasta 20 céntimos por cada litro de gasóleo adquirido en 2022 y destinado exclusivamente al uso agrario por el que el beneficiario obtenga la devolución de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos.

Para el sector de la pesca, se establece una ayuda directa a los pesqueros en función del caladero (nacional o internacional), la modalidad y la eslora del barco. Las ayudas irán desde 1.100 euros hasta 300.000 euros por barco.

También para ambos sectores se aprueban ayudas adicionales con el objetivo de reducir la incidencia en los precios de los alimentos del aumento de los costes de producción derivados del alza de precios de los fertilizantes. Para ello, se articula una ayuda directa por el uso de fertilizantes que se calculará por hectárea en función del tamaño de la explotación y del tipo de cultivo. Finalmente, se prorroga durante seis meses la exención de las tasas pesqueras.

Para las industrias gasintensivas se aprueba una línea específica, con una dotación de 500 millones de euros, dentro de la Línea de Avales de Ucrania gestionada por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), con la que las empresas gasintensivas dispondrán de préstamos con un aval de hasta el 90% para mitigar sus actuales problemas de liquidez y avanzar en la descarbonización y eficiencia energética de este importante sector, en línea con la puesta en marcha del nuevo PERTE de Descarbonización de la Industria. Además, se establece un esquema de ayudas directas por 450 millones de euros para aquellas empresas que han sufrido un mayor impacto de la subida del precio del gas, como las del sector cerámico.

Asimismo, se prorroga hasta el 30 de junio de 2023 la reducción del 80% de los peajes para los consumidores electrointensivos, para seguir garantizando la competitividad de esta industria. Se amplía también hasta junio el tope al precio del Gas Licuado del Petróleo y del gas butano, y se prorroga durante el invierno 2023-2024 la exención de los cánones de almacenamientos subterráneos del gas.

Medidas peajes autopistas

medidas anticrisisEl Gobierno aprueba limitar al 4% la subida de los peajes de las autopistas en 2023.

El objetivo es mitigar el año que viene el alza de las tarifas del 8,4% por el IPC y el efecto de las revisiones extraordinarias en las autopistas: AP-51, AP-61, AP-53, AP-66, AP-7 Alicante-Cartagena, AP-7 Málaga-Guadiaro, AP-68 y AP-71, AP-9, AP-6 y AP-46.

Medidas de apoyo para afectados por el volcán de La Palma

La norma aprobada incluye también diversas medidas para seguir ayudando a los ciudadanos y empresas afectados por la erupción del volcán de La Palma. En concreto, se mantiene la moratoria de préstamos hipotecarios y no hipotecarios para los afectados que la hubieran solicitado, limitada a seis meses.

Se prorrogan hasta el 30 de junio los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) derivados de las situaciones de fuerza mayor provocadas por la erupción del volcán, y se incluyen como posibles beneficiarios de las ayudas por daños materiales en la vivienda habitual no solo a los propietarios sino a los titulares del usufructo sobre la vivienda.

Se prorroga a su vez la prestación para trabajadores autónomos hasta junio de 2023.

Apoyo a los afectados por incendios forestales

Los daños personales provocados por los incendios forestales del pasado verano en hasta 15 comunidades autónomas, las cuales fueron declaradas ‘Zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil’, recibirán respaldo a través de diversas medidas fiscales. Se trata de Andalucía, Aragón, Baleares, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Navarra, País Vasco y La Rioja.

Esto se ejecutará a través de la aprobación de beneficios fiscales, como la exención de cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), exención de las tasas del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico y exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las ayudas.

A esto hay que sumar la reducción de los índices de rendimiento neto de las explotaciones y actividades agrarias en las que se hayan producido daños como consecuencia directa de los mencionados incendios. Una medida que tendría que ser autorizada por la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, tras los informes preceptivos presentados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Aplazamiento pago cuotas Seguridad Social 

se considera oportuno prorrogar, igualmente por un plazo de tres meses más, el régimen extraordinario de aplazamientos en el pago de cuotas de la Seguridad Social a que se refieren el artículo 2 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía, el artículo 37 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, y el artículo 28 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Medidas mercantiles/concursales

medidas anticrisisSe introduce, nuevamente, una moratoria «contable» con el fin de evitar la liquidación de empresas que, en condiciones normales, pueden ser viables. Por ello, se prorroga la medida excepcional prevista en el artículo 13 de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre y, en consecuencia, a los efectos de la causa legal de disolución por pérdidas, no se computarán las de los ejercicios 2020 y 2021 durante un período de 3 ejercicios contables; esto es, las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 no se computarán ni en los ejercicios contables de 2022 y 2023 ni hasta el momento del cierre del ejercicio 2024. 

En el caso de que teniendo solo en cuenta el resultado de los ejercicios 2022, 2023 o 2024, resultaren pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, sí se apreciará concurrencia de la causa legal de disolución por pérdidas, debiendo actuarse por los órganos de administración en los términos previstos en el artículo 363.1.e) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020, de 2 de julio.

Otras medidas económicas

Finalmente, el Real Decreto-Ley contempla otras medidas de ámbito económico dirigidas a garantizar la viabilidad y competencia de las empresas españolas.

Finalmente, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2024 la suspensión del régimen de liberalización de las inversiones provenientes de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio, que se aplica a las empresas cotizadas y no cotizadas cuando la inversión supera los 500 millones de euros y suponga una participación superior al 10% de la sociedad adquirida.

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Esperamos que esta información haya sido de tu interés. Si eres una empresa y necesitas ayuda o quieres recibir asesoramiento, pueden ponerse en contacto con este despacho profesional y desde nuestro departamento de asesoría fiscal trataremos de solucionar sus dudas.

En Lam, Asesoría de Empresas, S.L. llevamos desde 2002 prestando servicios de Asesoramiento JurídicoAsesoría FiscalAsesoría Laboral y Asesoría Contable-Financiera a Empresas, Pymes y Autónomos.

Fuentes:

    • ELDERECHO.COM
    • Iberley

Puede consultar la norma íntegra aquí:

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